domingo, 30 de septiembre de 2018

COMUNICADO DE LA “ASOCIACIÓN ERMITA LOS REMEDIOS DE CÁRTAMA”


       
LA ERMITA DE LA VIRGEN DE LOS REMEDIOS NO ES DE USTEDES, SRS. MUNÍCIPES, COMO  ALEGAN ALGUNOS 
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Francisco Baquero Luque, en su propio nombre y derecho  (art. 20 de la Constitución) y, en el de la Asociación  Ermita Los Remedios,  EXPONGO:  

1º.- Que con relación al pueril “affaire” de la pretendida,  y extraño proceder al respecto   del Ayuntamiento  de Cártama,  he venido suscribiendo y publicando en este mismo medio una serie de crónicas  que se han ajustado milimétricamente a los  puntos  I y II del Decreto de la Junta de Andalucía  de 22/10/2.004 que, literalmente, dice:

I… Refiriéndose  a los objetivos básicos de la Comunidad autónoma establece entre ellos el de afianzar la conciencia de la identidad andaluza a través de…valores históricos, culturales…del pueblo andaluz…Ley que  en cada Comunidad Autónoma tiene a su cargo la protección del patrimonio histórico ()…referida a la tutela… del patrimonio histórico andaluz.

II.- “La Ermita de Nuestra Señora  de los Remedios, en Cártama, es un excelente ejemplo de imbridación social y religiosa() que  arranca en los momentos posteriores a la conquista cristiana en 1.485(), en que  se sitúan los legendarios()  hechos del hallazgo de la Virgen en el lugar(), que se consolida definitivamente cuando surge la advocación de Nuestra Señora de los Remedios (), con motivo de la epidemia) de 1.579(), y que llega hasta la actualidad ()  en que la devoción permanece viva () y con gran repercusión en la comarca, como ponen  en evidencia la  romería (procesión de devoción religiosa ()  y el flujo de feligreses en cualquier época del año. ()...

Los entre paréntesis serán desarrollados exhaustivamente en la próxima entrega de esta serie, pero de lo antes dicho no se infiere en ningún caso que la Ermita sea propiedad comunitaria ni del Ayuntamiento, sino todo lo contrario que, ambas entidades se obligan a la tutela,  protección, mejoras arquitectónicas y en cualquier sentido.

Se dan hoy las circunstancias lamentables de que el interior de la parte baja (vivienda) del eremita se está dejando caer deliberadamente, al parecer, no cabe pensar en otros,  con fines espurios arqueológicos y museísticos.

Quien sea competente para ello debiera aplicar premura absoluta a poner habitable dignamente esta casa vivienda de nuestra Ermita, pues su actual estado amenazando ruina impide una custodia adecuada de la Sagrada Imagen que contraviene de plano el punto I y II (custodia y protección) del  Decreto 494/ 2.004 de la Junta de Andalucía que aquí en parte se recoge.