Eso sí: el resto y la mitad del pueblo, conniventes.
DIGO: Ayuntamiento
de Cártama, Patronato de Recaudación Municipal y Unicaja de Braulio Medel.
Si leemos el art. 607
de la LEC , y
cotejamos atentamente su letra y su espíritu con determinados “casos” que se está dando en el Ayuntamiento de Cártama con el cobro de
impuestos municipales en virtud de una instituida interacción con el Patronato
y Unicaja que preside Braulio Medel (hoy, como veremos después, imputado por el
Juzgado nº 6 de Sevilla en relación con los ERE
Andalucía), caemos en la racional duda de si hay, o no (parece que sí), una presunta prevaricación por parte de estas
tres instituciones en la parte que a cada una pudieran corresponderles, en relación con embargos a pensiones no
contributivas de las que viven personas que no tienen otros ingresos y cuya
cuenta, al no poder pagar un impuesto de basura y subsistir al mismo tiempo
viene siendo embargada mes tras mes por
los organismos de marras, pese a que el afectado ha demostrado decenas de veces
que la cuenta en Unicaja de Cártama-pueblo en la que se produce el
embargo, no se hacen otros ingresos que la citada pensión no contributiva que
viene a ser menos de la mitad del SMI. El afectado, tiene 84 años y enfermo de
dos aneurismas aórticos intervenidos, que ha llegado a somatizar en total
indefensión el estrés físico y moral que tal arbitrariedad le ocasiona.
DIRETES: Puesto el afectado telefónicamente (por enfermedad
grave suya y de su esposa no puede desplazarse) al habla con el Ayuntamiento de
Cártama, fue atendido por persona próxima al mando municipal (él también lo es),
quien la única solución que vislumbra es
que cada mes haga un escrito al Patronato
demostrando que en su cuenta no se ha hecho otro ingreso que no sea la
pensión y, entonces, se levanta, pasado un tiempo, la retención en cuenta para
embargo; mientras tanto, que ayune o se alumbre con candiles de aceite el
afectado y su familia. He aquí un ejemplo claro de las luces que hay en el Ayuntamiento de
Cártama: las de un candil, en lo que no le van a la zaga Patronato y Unicaja.
Empleó el mentado edil unos argumentos realmente singulares en medio de una jerigonza que ni el bufón Saldiguera. Vino a decir que puesto al habla sobre el asunto con el Secretario, que es el verdaderamente “leío” y “escribío” en el Ayuntamiento, éste le explicó al dedillo cual era el “prosedimiento”; no otro que el que él me estaba farfullando, y que no venía a ser otra cosa que quien, como siempre, hace la ley, hace también la trampa. Lisa y llanamente, según la ley, entérense todos, no se puede en ningún caso, forma o trampa legalista, embargar un sueldo o pensión que esté por debajo del Sueldo Mínimo Interprofesional. Embargar podría estar tipificado en el código como PREVARICACIÓN, precisamente uno de los presuntos delitos de los que el juzgado atribuye al señor Medel, presidente de Unicaja, que no es suya sino de toda una serie de accionistas, es de suponer.
Empleó el mentado edil unos argumentos realmente singulares en medio de una jerigonza que ni el bufón Saldiguera. Vino a decir que puesto al habla sobre el asunto con el Secretario, que es el verdaderamente “leío” y “escribío” en el Ayuntamiento, éste le explicó al dedillo cual era el “prosedimiento”; no otro que el que él me estaba farfullando, y que no venía a ser otra cosa que quien, como siempre, hace la ley, hace también la trampa. Lisa y llanamente, según la ley, entérense todos, no se puede en ningún caso, forma o trampa legalista, embargar un sueldo o pensión que esté por debajo del Sueldo Mínimo Interprofesional. Embargar podría estar tipificado en el código como PREVARICACIÓN, precisamente uno de los presuntos delitos de los que el juzgado atribuye al señor Medel, presidente de Unicaja, que no es suya sino de toda una serie de accionistas, es de suponer.
En una palabra, para los mandamases tiene más valor que la ley monda y lironda, las trampas que ellos y adlateres se inventan para burlarla. El art. 607 de la LEC es un papel mojado para estos señores.
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